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Documento BORME-C-2023-7173

QUALITY PHARMACEUTICAL CONSULTING SL (SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAAT APPLICATIONS SOLUTIONS SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 8585 a 8585 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7173

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que las respectivas Juntas generales de Socios de Quality Pharmaceutical Consulting SL (sociedad absorbente) y Maat Applications Solutions SLU (sociedad absorbida), en sus respectivas reuniones de 28 de noviembre de 2023, acordaron la fusión por absorción en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión de fecha 28 de noviembre de 2023, siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 53 del referido Real Decreto-Ley, en virtud del cual Quality Pharmaceutical Consulting SL absorbe a Maat Applications Solutions SLU, la cual se extingue, transmitiendo su patrimonio a favor de la absorbente, quien adquiere, por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquella.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición que asiste a los acreedores de ésta, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 13 del Real Decreto-Ley 5/2023.

Asimismo, a los acreedores les asiste el derecho de oposición, el cual, en su caso, deberá formularse, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos y condiciones previstos en el artículo 44 del Real Decreto-Ley 5/2023.

Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Teniendo en cuenta que la sociedad absorbida está participada de forma íntegra y directa por el mismo socio único, la sociedad absorbente, la fusión será considerada como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas en los términos previstos en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/2023, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales.

Madrid, 28 de noviembre de 2023.- Los Administradores Solidarios de ambas sociedades, Jorge Frutos Fernández y Gabriel Pierre Tallada Frotte.

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