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Documento BORME-C-2023-7213

INGETEAM POWER TECHNOLOGY, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INGETEAM O&M SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 8630 a 8630 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7213

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43, 49, 71 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se comunica que las Juntas Universales de las entidades INGETEAM POWER TECHNOLOGY, S.A. y de INGETEAM O&M SERVICES, S.L.U. (anteriormente denominada BIZKAIA BUSINESS CAPITAL 5, S.L.U.), celebradas el día 24 de octubre de 2023, aprobaron por unanimidad la escisión por segregación de la primera de la rama de actividad empresarial de prestación de servicios de mantenimiento, operación y conservación de instalaciones eléctricas en general, principalmente de instalaciones de generación de energías renovables, y su aportación a la sociedad INGETEAM O&M SERVICES, S.L.U. (Sociedad beneficiaria), mediante transmisión a título universal del patrimonio que constituye dicha rama de actividad.

Resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en los artículos 42 y 49, en relación con los artículos 71 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril. En consecuencia, se adoptan los acuerdos de segregación sin que sea necesario informe de los administradores sobre el proyecto de segregación, ni informe de expertos independientes por aplicación del art. 78.3 de la Ley 3/2009, de 3 de abril. Las Sociedades que participan en la escisión han adoptado en Junta Universal y por unanimidad los acuerdos de segregación, por lo que la operación se estructura y enmarca dentro de lo previsto en art. 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sin que por ello sea necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de segregación, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 43 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de segregación.

Zamudio, 24 de octubre de 2023.- Representante persona física de Ingeteam, S.A., Presidente del Consejo de Administración de Ingeteam Power Technology, S.A., y de Bizkaia Business Capital 2, S.L., Administrador Único de Ingeteam O&M Services, S.L.U, D. Adolfo Rebollo Gómez.

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