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Documento BORME-C-2023-7285

FUENTES NAVERENT, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
DECORUM HOME ART, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 231, páginas 8713 a 8713 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7285

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se comunica que la Junta general extraordinaria y universal de "Decorum Home Art, S.L." (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 1 de junio de 2023, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Decorum Home Art, S.L.", mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, a la sociedad beneficiaria "Fuentes Naverent, Sociedad Limitada", adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación. La escisión parcial se encuadra dentro de la previsión del artículo 42 LME, por lo que el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado sin necesidad de depositar o publicar, previamente, los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de los socios con derecho a voto de la sociedad escindida, habiendo servido de base para la escisión el balance de la sociedad escindida cerrado a 31 de mayo de 2023, y sobre la base del Proyecto de Escisión Parcial de fecha 10 de mayo de 2023, firmado por el órgano de administración de la sociedad escindida. Y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión. Igualmente, los acreedores de cada una de las sociedades partícipes en la escisión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de escisión y no estuviera vencido en ese momento, ni suficientemente garantizado, tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.

Sevilla, 29 de noviembre de 2023.- El Administrador único, Ángel Fuentes Jiménez.

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