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Documento BORME-C-2023-7478

ITSAS BASTERRA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MANUFACTURAS ESOR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 239, páginas 8955 a 8955 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7478

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en lo sucesivo "Nueva LME") se hace público que los Socios de "Itsas Basterra, S.L.", aprobaron el día 12 de diciembre de 2023 la fusión por la que "Itsas Basterra, S.L." (Sociedad Absorbente), absorbe a "Manufacturas Esor, S.L.U." (Sociedad Absorbida), así como los Balances de Fusión de ambas sociedades ambos de fecha 30 de junio de 2023, produciéndose con ello la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida con el traspaso en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

Se deja expresa constancia de que la fusión por la que "Itsas Basterra, S.L." absorbe a "Manufacturas Esor, S.L.U." se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en los artículos 53.1 de la Nueva LME, dado que la sociedad absorbida está íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente. Así mismo, en aplicación del artículo 49.1 de la Nueva LME, no habrá en la fusión tipo de canje ya que la sociedad absorbente no amplía su capital.

La fusión por absorción se realiza conforme al procedimiento de acuerdo de fusión regulado en el artículo 47 de la LME.

De acuerdo con el artículo 49 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a todos los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades que participan en la Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión.

Irún (Gipuzkoa) a, 13 de diciembre de 2023.- Administrador Único de Manufacturas Esor S.L.U., Don Aitor Ramos Muguruza. Administrador Solidario de Itsas Basterra, S.L, Don Aitor Ramos Muguruza.

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