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Documento BORME-C-2023-7544

ALERCE EDIFICIOS Y OBRAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
REZERPOR SERVIÇOS E INVESTIMENTOS SOCIEDADE UNIPESSOAL LDA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 241, páginas 9029 a 9029 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-7544

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la "Ley"), se hace público que el día 13 de diciembre de 2023, los Socios Únicos de Alerce Edificios y Obras, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y de Rezerpor Serviços e Investimentos Sociedade Unipessoal LDA (Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y Universal, han aprobado por unanimidad la decisión de aprobar la fusión por absorción inversa transfronteriza intraeuropea por parte de Alerce Edificios y Obras, S.L.U. de su Socia Única participada Rezerpor Serviços e Investimentos Sociedade Unipessoal LDA (Sociedad Absorbida), sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 12 de noviembre de 2023 con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión con fecha 12 de noviembre de 2023, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículo 53 y 56 y concordantes del Título III de la Ley al tratarse de una fusión inversa transfronteriza intraeuropea por absorción en la que la sociedad absorbida es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbente.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo y el balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de tres meses, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 de la Ley.

Barcelona, 14 de diciembre de 2023.- El Administrador Único de Alerce Edificios y Obras, S.L.U. y de Rezerpor Serviços e Investimentos Sociedade Unipessoal LDA, Don José Manuel Gómez Salgado.

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