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Documento BORME-C-2023-862

BETH ENERGÍA RENOVABLE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FOTOVOLTAICAS DE JAEN, S.L.U.
FOTOVOLTAICAS DE BAEZA, S.L.U.
HUERTO SOLAR ST REMI, S.L.U.
FOTOVOLTAICAS DE PUENTE DEL OBISPO, S.L.U.
J. MOMO 2006, S.L.U.
FOTOVOLTAICAS DE LA CUENCA DEL GUADALQUIVIR, S.L.U.
FOTOVOLTAICA ANA R.P. S.L.U.
FÁBRICA DE ACEITES ST' REMI S.L.U.
HUERTO ENERGÉTICO PUENTE DEL OBISPO, S.L.U.
FOTOVOLTAICA CAMINO PEDRO MARIN, S.L.U.
FOTOVOLTAICA LOMA DE LA ROSA, S.L.U.
FOTOVOLTAICA CANANA, S.L.U.
FOTOVOLTAICA CORTIJO R.M. DE LA ROSA, S.L.U.
FOTOVOLTAICAS DE ARANZAZU, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 49, páginas 1052 a 1053 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-862

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LMESM"), se hace público que la junta general extraordinaria y universal de la Sociedad Absorbente aprobó por unanimidad el 2 de marzo de 2023, la fusión por absorción de las sociedades Fotovoltaicas de Jaen, S.L.U., Fotovoltaicas de Baeza, S.L.U., Huerto Solar ST Remi, S.L.U., Fotovoltaicas de Puente del Obispo, S.L.U., J. Momo 2006, S.L.U., Fotovoltaicas de la Cuenca del Guadalquivir, S.L.U., Fotovoltaica Ana R.P. S.L.U., Fábrica De Aceites ST' Remi S.L.U., Huerto Energético Puente Del Obispo, S.L.U., Fotovoltaica Camino Pedro Marin, S.L.U., Fotovoltaica Loma de la Rosa, S.L.U., Fotovoltaica Canana, S.L.U., Fotovoltaica Cortijo R.M. de la Rosa, S.L.U., Fotovoltaicas de Aranzazu, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), por parte de Beth Energía Renovable, S.L. (Sociedad Absorbente), con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de las Sociedades Absorbidas, que se extinguirán, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente, todo ello en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito el día 1 de marzo de 2023 por el órgano de administración de las sociedades participantes en la fusión.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado por el artículo 42 de la LMESM, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil correspondiente, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades fusionadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades fusionadas de oponerse a la fusión en el plazo y en los términos del artículo 44 de LMESM.

Madrid, 6 de marzo de 2023.- Administradora Única de Fotovoltaica Ana, R.P., S.L.U., Fotovoltaica Camino Pedro Marín, S.L.U., Fotovoltaica Loma de la Rosa, S.L.U., Fotovoltaica Canana, S.L.U., Fotovoltaica Cortijo R.M. de la Rosa, S.L.U., Fotovoltaicas de Aránzazu, S.L.U. (Sociedades Absorbidas) y Beth Energía Renovable, S.L. (Sociedad Absorbente), Dª. Carmen Morillo de la Rosa; y Administradora Única de Fotovoltaicas de Jaen, S.L.U., Fotovoltaicas de Baeza, S.L.U., Huerto Solar ST. Remi, S.L.U., Fotovoltaicas de Puente del Obispo, S.L.U,. J. Momo 2006, S.L.U., Fotovoltaicas de la Cuenca del Guadalquivir S.L.U., y Huerto Energético Puente del Obispo, S.L.U. (Sociedades Absorbidas) y Administradora Solidaria de Fábrica de Aceites St' Remi, S.L.U. (Sociedad Absorbida), Dª Ana de la Rosa Prieto.

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