De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que con fecha 29 de diciembre de 2023, se celebró la Junta General Extraordinaria y Universal de las entidades Proyecto Fintech 1984, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente) y Smartfincas, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbida), y se aprobó por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad Smartfincas, S.L.U. por parte del socio único, Proyecto Fintech 1984, S.L., con la entera transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida, que se extinguirá sin liquidación, y la sucesión universal de sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, todo ello según los términos del proyecto común de fusión impropia, suscrito el día 29 de diciembre de 2023 por los órganos de administración de las sociedades que participan en la fusión.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/ 2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos.
Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Barcelona, 2 de enero de 2024.- El Administrador único de Proyecto Fintech 1984 SL, Pedro Antonio García Garzón.
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