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Documento BORME-C-2024-1557

INVERSIONES CAS CONCOS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
BOLETAIRES DE MALLORCA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 80, páginas 2007 a 2007 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-1557

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, ( en adelante, la LME), se hace público que el día 15 de abril de 2024, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Inversiones Cas Concos, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Boletaires de Mallorca, S.L. (Sociedad Absorbida) en ejercicio de sus competencias, han aprobado y por unanimidad la fusión por absorción de Boletaires de Mallorca, S.L. por Inversiones Concos, S.L, con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones, todo ello en los términos y condiciones previstos en el Proyecto Común de Fusión aprobado y suscrito por los administradores de las sociedades participantes con fecha 10 de marzo de 2024.

La fusión se ha realizado conforme al procedimiento de acuerdo unánime de Fusión regulado en el artículo 9 del RD-Ley 5/2023, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil.

Se hace constar que la Fusión no requerirá informe de administradores en virtud de las disposiciones comunes establecidas en el artículo 5.4 del RD-Ley 5/2023. Por un lado, no será exigible la sección del informe destinada a los socios dado que su exclusión ha sido acordada por las Juntas Generales de todos los socios de las sociedades participantes en la Fusión. Del mismo modo, de conformidad con el artículo 5.8 del RD-Ley 5/2023, no será exigible la sección del informe destinada a los trabajadores puesto que las sociedades participantes en la Fusión no tienen más trabajadores que los que formen parte del órgano de administración.

De conformidad con el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de dichos acreedores de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Mallorca, 17 de abril de 2024.- Margarita Adrover Bennasar, administradora única de Inversiones Cas Concos, S.L. y Catalina Bennasar Adrover, administradora única de Boletaires de Mallorca, S.L.

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