Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2024-182

OCEAN POOL SERVICE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

OCEAN SALVAMENTO ACUÁTICO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 14, páginas 234 a 234 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-182

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo, de 28 de junio de 2023, sobre, entre otros, las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que por decisiones del socio único de OCEAN POOL SERVICE, S.L.U. de fecha 13 de enero de 2024, en ejercicio de las competencias de la Junta General de dicha sociedad se aprobó (i) la fusión por absorción entre OCEAN POOL SERVICE, S.L.U., como sociedad absorbente, y OCEAN SALVAMENTO ACUÁTICO, S.L.U., como sociedad absorbida, con extinción de la sociedad absorbida que transmite en bloque su patrimonio a la sociedad absorbente, la que adquirirá a título universal por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida y (ii) que la fecha de efectos contables de la fusión será el 1 de enero de 2024 y, por ello, las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de inscripción de la fusión en el Registro Mercantil de Madrid se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, todo ello conforme al proyecto de fusión redactado por los órganos de administración de las dos sociedades participantes.

No es necesaria la aprobación de la fusión por la junta general de la sociedad absorbida, en virtud del artículo 53.1.4 de la LME, dado que la sociedad absorbida está íntegramente participada de forma directa por el socio único de la sociedad absorbente.

Al haberse adoptado dicha decisión de fusión por el socio único de la sociedad absorbente, en ejercicio de las competencias atribuidas a la junta general de socios de la misma, se aplicará lo dispuesto en el artículo 9 de la LME.

Se advierte expresamente a los acreedores y a los trabajadores de las dos sociedades participantes en este proceso de fusión, de su derecho a obtener el texto íntegro de la decisión adoptada y de los balances de fusión presentados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 de la LME.

Durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la última publicación de este anuncio de fusión, los acreedores de cada una de las dos sociedades participantes en la fusión podrán oponerse a la misma, en los términos dispuestos en el artículo 13 de la LME.

Madrid, 15 de enero de 2024.- D. Iván López Ríos, administrador único de OCEAN POOL SERVICE, S.L.U. (sociedad absorbente), D. Iván López Ríos y D. Pedro Bardají Jiménez, administradores solidarios de OCEAN SALVAMENTO ACUÁTICO, S.L.U. (sociedad absorbida).

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid