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Documento BORME-C-2024-2051

ACIDEKA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 2624 a 2624 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-2051

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que el accionista único de Acideka, S.A., (Sociedad Unipersonal) (la "Sociedad"), en el ejercicio de las competencias propias de la junta general extraordinaria y universal de accionistas, ha acordado con fecha 18 de abril de 2024 la reducción del capital social en la suma de ochenta y seis mil quinientos cuarenta y cuatro euros (86.544.-€), mediante la amortización de setecientas veinte (720) acciones propias titularidad de la Sociedad en régimen de autocartera, de ciento veinte euros con veinte céntimos de euro (120,20.-€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 720, ambas inclusive.

El capital social resultante de la reducción de capital queda fijado en trescientos cuarenta y seis mil doscientos noventa y seis euros con veinte céntimos de euro (346.296,20.-€), representado por dos mil ochocientas ochenta y un (2.881) acciones nominativas, de ciento veinte euros con veinte céntimos de euro (120,20.-€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 721 a la 3.601, ambas inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas.

La finalidad de la mencionada reducción es la amortización de acciones propias que la Sociedad tiene en autocartera. La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

La reducción de capital social se ha realizado con cargo al capital social, mediante la dotación de la reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas, esto es, ochenta y seis mil quinientos cuarenta y cuatro euros (86.544.-€), de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 335 apartado c) de la LSC. En consecuencia, conforme a lo previsto en dicho precepto no habrá lugar al derecho de oposición de los acreedores al que se refiere el artículo 334 de la LSC en relación con el acuerdo de reducción de capital.

La reducción de capital social quedó ejecutada en el momento de su aprobación por el accionista único el 18 de abril de 2024.

En Bilbao (Bizkaia), 24 de abril de 2024.- La Administradora Única, Jeszabe 2001, S.L., a través de su representante persona física, Doña Leire Azanza García.

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