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Documento BORME-C-2024-2195

PUERTOMENOR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 2796 a 2797 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-2195

TEXTO

Se pone en conocimiento de los accionistas de PUERTOMENOR S.A. que, en la Junta General Extraordinaria de la sociedad celebrada el 06 de mayo de 2024, en la notaría de D. Carlos Huidobro Arreba, el cual fue requerido por el Administrador Único de la compañía en fecha 29.04.2024 para el otorgamiento de acta notarial de la Junta, a número 638 de protocolo, se ha acordado el aumento de capital de la sociedad en NOVECIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA EUROS (903.960,00€), y mediante la creación de SESENTA (60) acciones nuevas de la Serie A y de 3,10€ de valor nominal cada una de ellas, y de VEINTINUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ACCIONES (29.154) acciones nuevas de la Serie B de 31,00€ de valor nominal cada una de ellas. El aumento de capital se ha acordado a la par, esto es, sin prima de emisión.

Se acordó el desembolso mixto de la antedicha ampliación de capital en la forma siguiente: (i) compensación parcial del crédito que ostenta un accionista de PUERTOMENOR S.A. frente a la sociedad, conforme establece el artículo 301 TRLSC por importe de SETECIENTOS DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (702.782,40€), y (ii) mediante aportaciones dinerarias del resto de accionistas, por un importe de DOSCIENTOS UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (201.177,60€)

El aumento de capital está dirigido exclusivamente a los actuales accionistas de PUERTOMENOR S.A., teniendo todos ellos derecho de suscripción preferente, a razón de SEIS (6) acciones nuevas por cada una de las acciones viejas que sean titulares, sean estas de la Serie A o de la Serie B. Los derechos de suscripción preferente son libremente transmisibles.

Conforme establecen los artículos 311 y 313 del TRLSC el aumento de capital se llevará a efecto, aunque no se suscriban la totalidad de las acciones previstas quedando facultado el Administrador Único para dar nueva redacción al artículo 6 de los estatutos sociales relativo al capital social.

El plazo para la suscripción y total desembolso de las acciones será el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BORME del anuncio de aumento de capital, extinguiéndose automáticamente el derecho de suscripción preferente al momento de concluir el citado plazo de un mes. El desembolso ha de realizarse mediante transferencia bancaria en la siguiente cuenta corriente:

Entidad: CAIXABANK

Sucursal de La Manga del Mar Menor (C.P. 30.380)

Titular: PUERTOMENOR S.A.

IBAN: ES30 2100 2311 2102 0024 2390

Concepto: Ampliación de capital.

Los accionistas que, en ejercicio de su derecho de suscripción preferente, deseen acudir al aumento de capital deberán comunicarlo por escrito a la sociedad y a su domicilio social, concretando el número de acciones que vayan a asumir y a desembolsar, de entre las que pudieran corresponderles en función de las acciones de la sociedad cuya titularidad previamente ostentaran y tuvieran reconocida, así como la Serie de cada una de ellas, pudiendo cada uno de ellos suscribir y desembolsar la totalidad o parte de las acciones que les correspondan.

Una vez realizado el ingreso, el accionista deberá entregar copia del resguardo de ingreso de la cantidad que corresponda, en el domicilio social de la compañía (C/ Reina Mercedes n.º 4, 1º A), dentro del indicado plazo de un mes.

El Administrador Único ha sido facultado para ejecutar el acuerdo de aumento de capital.

Madrid, 8 de mayo de 2024.- Administrador Único, D. Tomás Maestre Cavanna.

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