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Documento BORME-C-2024-2356

TEMPORAL BOX SELF STORAGE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ROVE INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L.
TEMPORALBOX VENTURE CAPITAL, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 93, páginas 2981 a 2981 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-2356

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (el "RDLME"), se hace público que el 9 de mayo de 2024, la junta general extraordinaria y universal de socios de Temporal Box Self Storage, S.L. (la "Sociedad Absorbente") ha aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de Rove Inversiones Inmobiliarias, S.L., y Temporalbox Venture Capital, S.L. (las "Sociedades Absorbidas") por parte de la Sociedad Absorbente, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y el traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas (la "Fusión").

La Fusión se acordó sobre la base del proyecto de Fusión suscrito por el administrador único de las Sociedades Intervinientes en fecha 30 de abril de 2024 (el "Proyecto").

Se trata de una fusión especial, sometida al régimen de los artículos 9 y 56.1 RDLME, supuesto asimilado a la absorción de una sociedad íntegramente participada del artículo 53.1 RDLME, dado que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas (conjuntamente, las "Sociedades") son sociedades íntegramente participadas, de forma directa, por socios con idéntica participación en todas ellas (fusión gemelar). En consecuencia, la Fusión se acoge al régimen simplificado, no siendo necesario, entre otros, la aprobación de la Fusión por las juntas generales de las Sociedades Absorbidas.

Los balances de Fusión son los cerrados a 31 de enero de 2024 (los "Balances"), que no se han sometido a verificación por un auditor de cuentas al no estar obligadas las Sociedades a auditarse.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos de Fusión y los Balances en los términos del artículo 10 RDLME, junto con el resto de los documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las Sociedades, donde podrán consultarlos o solicitar su entrega o envío gratuitos. Asimismo, los acreedores de cada una de las Sociedades podrán ejercitar el derecho conferido por el artículo 13 RDLME en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de Fusión.

En Barcelona, 10 de mayo de 2024.- El administrador único de Temporal Box Self Storage, S.L., Rove Inversiones Inmobiliarias, S.L., y Temporalbox Venture Capital, S.L, D. Jacobo Casanovas Guerín.

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