Está Vd. en

Documento BORME-C-2024-2792

M.D. INMOBILIARIA, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRUPO EMPRESARIAL ARELLANO GESTIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 97, páginas 3498 a 3499 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-2792

TEXTO

De conformidad con lo previsto en los artículos 9, 10, 53 y 56 del Real Decreto – Ley 5/2023, de 28 de junio, de modificaciones estructurales (en adelante, LME), con fecha 17 de mayo de 2024 la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil GRUPO EMPRESARIAL ARELLANO GESTIÓN, S.L., y el socio único de la M.D. INMOBILIARIA, S.A., Sociedad Unipersonal acordaron la fusión por absorción por la sociedad M.D. INMOBILIARIA, S.A., Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbente), de la entidad GRUPO EMPRESARIAL ARELLANO GESTIÓN, S.L. (Sociedad Absorbida), con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la atribución de su patrimonio íntegro a título universal, a la Sociedad Absorbente.

La fusión se realiza en los términos del proyecto común de fusión aprobado por los órganos de administración de GRUPO EMPRESARIAL ARELLANO GESTIÓN, S.L. y M.D. INMOBILIARIA, S.A., Sociedad Unipersonal, con fecha 10 de abril de 2024, que no fue preciso publicar o depositar en el Registro Mercantil según lo establecido en el artículo 9 de la LME, y al ser la Sociedad Absorbida GRUPO EMPRESARIAL ARELLANO GESTIÓN, S.L., titular directa del 100% de las participaciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente M.D. INMOBILIARIA, S.A., Sociedad Unipersonal, la fusión proyectada se realiza atendiendo a lo dispuesto en el art.56.1 del Real Decreto-Ley 5/2023, por remisión al art. 53 de la misma Ley, y, en consecuencia, no será necesario: (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones relativas al tipo de canje de las acciones o participaciones, a las modalidades de entrega de las acciones o participaciones de la sociedad resultante a los socios de la sociedad o sociedades absorbidas, a la fecha de participación en las ganancias sociales de la sociedad resultante o a cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho o a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmite a la sociedad resultante o a las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan, (ii) los informes de administradores por lo que se refiere a la parte dirigida a los socios y expertos sobre el proyecto de fusión, ni (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente.

Por último, y de conformidad con los artículos 10, 13, 14 y concordantes de la LME, se hace constar el derecho de los acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, así como a ejercer los derechos que, en su caso y con arreglo a los citados artículos, les corresponda.

Con una antelación superior a un (1) mes a la fecha de adopción de las decisiones y del acuerdo sobre la aprobación de la fusión, el órgano de administración de las Sociedades ha puesto el informe de administradores a disposición de los trabajadores. Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Madrid, 17 de mayo de 2024.- Administrador Único de Grupo Empresarial Arellano Gestión, S.L. y representante persona física de Grupo Empresarial Arellano Gestión S.L. en el cargo de Administradora única de M.D. Inmobiliaria, S.A., Sociedad Unipersonal, Don Juan José Martínez Doménech.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid