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Documento BORME-C-2024-2992

ALPASOL GRUP, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALAVIHS INVESTMENTS, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 3766 a 3766 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-2992

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, el "RDL 5/2023"), se hace público que el día 4 de marzo de 2024, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de ALPASOL GRUP, S.L. y el Socio Único de ALAVIHS INVESTMENTS, S.L.U., en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y Universal, han aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción por parte de ALPASOL GRUP, S.L. (Sociedad Absorbente) de su sociedad íntegramente participada, ALAVIHS INVESTMENTS, S.L.U. (Sociedad Absorbida).

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión, redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 4 de marzo de 2024 depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con el número 490/24.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por las Juntas Generales de las Sociedades Absorbidas. Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General Extraordinaria y Universal de ALPASOL GRUP, S.L. (Sociedad Absorbente), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de fusión. Igualmente quedan a disposición de los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y de los representantes de los trabajadores, en el domicilio social, los documentos a los que se refiere el artículo 46 del RDL 5/2023. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán solicitar garantías en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 del RDL 5/2023.

Terrassa, 21 de mayo de 2024.- El Presidente del Consejo de Administración de Alpasol Grup, S.L. Sr. Ángel Alavedra Solà, El Administrador único de Alavihs Investments, S.L. Sr. Oscar Alavedra Palau.

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