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Documento BORME-C-2024-2995

SINERGIA MEDIO AMBIENTE Y GESTIÓN CORPORATIVA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EVALUACIÓN AMBIENTAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 3769 a 3770 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-2995

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la ley), se hace público que el día 17 de mayo de 2024, el socio único de SINERGIA MEDIO AMBIENTE Y GESTIÓN CORPORATIVA, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y la Junta General Extraordinaria y Universal de EVALUACIÓN AMBIENTAL, S.L. (Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y Universal, han adoptado por unanimidad la decisión de aprobar la fusión por absorción por parte de SINERGIA MEDIO AMBIENTE Y GESTIÓN CORPORATIVA, S.L.U. (Sociedad Absorbente), de la sociedad EVALUACIÓN AMBIENTAL, S.L. (Sociedad Absorbida), sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 2 de abril de 2024, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 2 de abril de 2024, no resultando necesario el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión al tratarse de dos sociedades de Responsabilidad Limitada (art. 41,1 de la ley).

Al tratarse de una fusión por absorción se ha procedido a ampliar el capital social de la absorbente mediante la emisión de nuevas participaciones sociales, iguales a las existentes, quedando totalmente suscrito y desembolsado. El capital social se ha emitido con prima de asunción de participaciones sociales. Esta modificación estatutaria es incluida en los nuevos estatutos sociales, aprobados por unanimidad de las respectivas Juntas Universales.

Habiéndose adoptado las decisiones y acuerdos de fusión por las sociedades intervinientes en la fusión por decisión de sus socios, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que las decisiones y acuerdos de fusión se adoptaron en Junta universal y por unanimidad de cada una de las sociedades participantes en la fusión, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, la decisión y acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. No obstante, los informes de los administradores han sido realizados y aprobados por unanimidad en las respectivas Juntas Universales de las sociedades participantes en la fusión. Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones y acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 de la Ley.

Madrid, 20 de mayo de 2024.- El Administrador Único de Sinergia Medio Ambiente y Gestión Corporativa, S.L.U.: Juan Manuel Faulimé Hernández; y el Consejero Delegado de Evaluación Ambiental, S.L.: Manuel Mayo Gutiérrez del Olmo.

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