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Documento BORME-C-2024-3083

ALTEN SOLUCIONES PRODUCTOS AUDITORIA E INGENIERÍA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AYESA AIR CONTROL INGENIERÍA AERONAÚTICA, S.L.U.
CLEVERTASK SOLUTIONS, S.L.U.
CLEVERDATA SOLUTIONS S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 3875 a 3876 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3083

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, que transpone Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, la nueva LME), se hace público que, con fecha de 24 de mayo de 2024, el socio único de la entidad mercantil "ALTEN SOLUCIONES PRODUCTOS AUDITORIA E INGENIERIA, S.A.U." ("sociedad absorbente") ha acordado la fusión por absorción de las sociedades "AYESA AIR CONTROL INGENIERÍA AERONAÚTICA, S.L.U.", (en adelante, "AAC"), "CLEVERTASK SOLUTIONS, S.L.U.",(en adelante, "CLEVERTASK") y "CLEVERDATA SOLUTIONS S.L.U.", (en adelante, "CLEVERDATA") -todas ellas como sociedades absorbidas- acuerdo que adopta ajustándose al proyecto de fusión suscrito en la misma fecha, 24 de mayo de 2024, firmado por los órganos de administración de todas las entidades.

Dicha fusión comportará la transmisión en bloque del patrimonio social de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, según los términos establecidos en el proyecto de fusión referido.

Se hace constar que la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas CLEVERTASK y ACC están participadas al 100% de su capital social de forma directa por el mismo socio único, la entidad mercantil de nacionalidad francesa "ALTEN EUROPE, S.A.R.L.", y de forma indirecta, en el caso de CLEVERDATA (empresa ésta sin actividad, ni plantilla), ya que el 100% de su capital social pertenece a CLEVERTASK, por lo que resulta aplicable a esta fusión el régimen simplificado del artículo 53 de la nueva LME por remisión del artículo 56 del mismo cuerpo normativo. No se ha requerido, por tanto, ni informe de administradores ni informe de expertos, ni se ha producido aumento de capital en la sociedad absorbente.

Asimismo, de conformidad con el artículo 9 y 53 de la nueva LME, al haberse adoptado el acuerdo de fusión por la junta general universal (socio único) de la sociedad absorbente, y por tanto de forma unánime en ejercicio de las facultades de la junta universal, no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la publicidad preparatoria contemplada en el artículo 7 de la nueva LME. No obstante lo anterior, de manera voluntaria, los administradores de las sociedades participantes en esta fusión han acordado insertar en la misma fecha (24 de mayo de 2024) el proyecto de fusión y los documentos preceptivos conforme al artículo 46 de la nueva LME en las páginas web de las sociedades que disponen de la misma y que son ALTEN SOLUCIONES PRODUCTOS AUDITORIA E INGENIERÍA, S.A.U. "https://www.alten.es/" y las sociedades absorbidas que tienen página web y que son CLEVERTASK SOLUTIONS, S.L.U. (www.clevertask.com); CLEVERDATA SOLUTIONS S.L.U. (https://cleverdata.io/). AAC no dispone de página web, pero se ha puesto a disposición de los socios, los obligacionistas, los titulares de derechos especiales y los representantes de los trabajadores, que así lo soliciten por cualquier medio admitido en Derecho, tendrán derecho al examen en el domicilio social de copia íntegra de los documentos preceptivos de la fusión, así como a la entrega o al envío gratuitos, por medios electrónicos, de un ejemplar de cada uno de ellos. Por lo que todos los interesados pueden visualizar, descargar y disponer de los documentos preceptivos de la fusión y al referido proyecto común de fusión. La publicación, notificación y disposición que se ha realizado con fecha de 24 de mayo de 2024, se mantendrá en las webs mencionadas hasta el otorgamiento de la escritura pública preceptiva, como a disposición de los interesados y a su envío, si así es requerido.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la citada LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 de la Ley.

En Madrid, 24 de mayo de 2024.- El Secretario Consejero del Consejo de la sociedad Alten Soluciones Productos Auditoría e Ingeniería, S.A.U., D. Olivier Granger. Los Administradores Mancomunados de la sociedad Ayesa Air Control Ingeniería Aeronáutica, S.L.U., Doña Claudia Arrigo y D. Enrique Aparicio Rivas, El Secretario no consejero de las entidades Clevertask Solutions, S.L.U. y de Cleverdata Solutions, S.L.U., Enrique Aparicio Rivas.

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