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Documento BORME-C-2024-3205

BANKIA MEDIACIÓN OPERADOR DE BANCA-SEGUROS VINCULADO, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VIDACAIXA MEDIACIÓN, SOCIEDAD DE AGENCIA DE SEGUROS VINCULADA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 4040 a 4040 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3205

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de, entre otros, transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL-LME"), se hace público que, con fecha 21 de mayo de 2024, el accionista único de Bankia Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.A.U. ("Bankia Mediación" o "Sociedad Absorbente") y el accionista único de VidaCaixa Mediación, Sociedad de Agencia de Seguros Vinculada, S.A.U. ("VidaCaixa Mediación" o "Sociedad Absorbida"), han aprobado la fusión por absorción de VidaCaixa Mediación, como sociedad absorbida, por Bankia Mediación, como sociedad absorbente, que supondrá la extinción, vía disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

Las decisiones relativas a la fusión han sido aprobadas en los términos previstos en el proyecto común de fusión suscrito y aprobado por los respectivos administradores solidarios de Bankia Mediación y VidaCaixa Mediación con fecha 16 de abril de 2024.

El accionista único de Bankia Mediación y el accionista único de VidaCaixa Mediación han aprobado como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2023, debidamente verificados por los respectivos auditores de cuentas.

Resulta de aplicación a la fusión el régimen simplificado previsto en los artículos 53 y 56 del RDL-LME. Asimismo, la fusión se acoge al artículo 9 del RDL-LME. Por esta razón, se ha aprobado la fusión sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos en el RDL-LME, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación (a excepción de la sección destinada a los trabajadores de las sociedades), en los términos de dicho artículo 9.

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL-LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en sus respectivos domicilios sociales (Paseo de la Castellana nº 189, 28046, Madrid, para ambas sociedades).

En Madrid, 24 de mayo de 2024.- D. Pablo Pernía Martín y D. Jordi Arenillas Claver, administradores solidarios de Bankia Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.A.U. y de VidaCaixa Mediación, Sociedad de Agencia de Seguros Vinculada, S.A.U.

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