La Junta General de RILEY INVEST, S.L. y el socio único de INMOGESTIÓN INTEGRAL RILEY, S.L., con fecha 30 de junio de 2023 han adoptado los acuerdos de aprobar la fusión por absorción de esta última (como sociedad absorbida), por parte de RILEY INVEST, S.L. (como sociedad absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.
Por tratarse de una fusión de sociedad íntegra y directamente participada por la absorbente, es de aplicación el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procediendo relación de canje ni los informes de expertos independientes y del Órgano de Administración sobre el proyecto de fusión, ni aumento de capital y aprobación de la fusión por la sociedad absorbida.
Asimismo, por haberse acordado la fusión conforme al artículo 42 de la mencionada Ley, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho art. 42.
Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores (cuyo crédito haya nacido con anterioridad a la fecha de publicación del acuerdo de fusión) durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, a oponerse a la fusión en los términos previstos en el art. 44 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Bilbao, 15 de mayo de 2024.- El administrador único de Riley Invest, S.L. y de Inmogestión Integral Riley, S.L, Don Ricardo Martínez Acebes.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid