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Documento BORME-C-2024-3633

A.G. CONSULTORES S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
WHENEVER LEGAL, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 112, páginas 4543 a 4543 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3633

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante "RDL 5/2023"), se hace público el acuerdo adoptado con fecha 28 de mayo de 2024 por la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de A.G. CONSULTORES, S.L. (como Sociedad Escindida), en virtud del cual se aprueba por unanimidad la escisión parcial de la compañía mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de la parte de su patrimonio, que constituye una unidad económica autónoma, integrado por las participaciones sociales titularidad de la Sociedad Escindida en la sociedad RAZON LEGAL, S.L., a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, que se denominará WHENEVER LEGAL, S.L. (como Sociedad Beneficiaria), recibiendo los socios de la Sociedad Escindida, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del RDL 5/2023, participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria en la misma proporción que ostentan en el capital social de la Sociedad Escindida, de conformidad con el tipo de canje aprobado, y sin que la Sociedad Escindida se extinga como consecuencia de ello, adoptando los acuerdos complementarios necesarios para atender a la operación de escisión parcial proyectada, entre ellos, la reducción del capital social de la Sociedad Escindida en la cantidad de 3.005,06 Euros, hasta dejarlo fijado en la cifra de 15.000 Euros, así como la aprobación del proyecto de escisión parcial y del balance de escisión, todo ello, de conformidad con el procedimiento contemplado en los artículos 9, 71 y demás concordantes del RDL 5/2023, y en los términos del Proyecto de Escisión Parcial redactado y suscrito por el Administrador Único de la Sociedad Escindida, que ha servido de base a la operación.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de Escisión aprobados por unanimidad, así como el derecho de protección de los acreedores en los términos previstos en el artículo 13 RDL 5/2023.

Madrid, 6 de junio de 2024.- Administrador único de A.G. Consultores, S.L, José Luis Gómez Pineda.

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