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Documento BORME-C-2024-3635

TIAMAT ENERGY, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 112, páginas 4545 a 4545 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3635

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDL"), se hace público que, el día 10 de junio de 2024, la Junta General Universal de Tiamat Energy, S.L. (en adelante, la "Sociedad") aprobó por unanimidad la transformación de la Sociedad en una Agrupación de Interés Económico, así como el balance de transformación y el nuevo texto íntegro de los estatutos adaptados a la nueva forma social. Todo ello ajustándose estrictamente al proyecto de transformación redactado y suscrito por el administrador único de la Sociedad el 10 de junio de 2024 (en adelante, el "Proyecto de Transformación").

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del RDL y dado que el acuerdo de transformación se aprobó en junta universal y por unanimidad de los socios, y no habiendo otras personas que de conformidad con la ley o los estatutos sociales pudiesen ejercitar legítimamente el derecho de voto, no resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto de Transformación, ni los restantes documentos exigidos por la Ley.

Igualmente, y por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto de Transformación previsto en el artículo 7 del RDL.

Por último, de conformidad con el artículo 10 del RDL, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación adoptado y el balance presentado.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de junio de 2024.- El Administrador Único, D. José Aurelio Ramos Villalba.

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