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Documento BORME-C-2024-3640

P3 SPAIN LOGISTIC PARKS SOCIMI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 112, páginas 4551 a 4552 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-3640

TEXTO

A) Reducción mediante amortización de acciones propias

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (la "LSC"), se hace público que, con fecha 7 de junio de 2024, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de P3 SPAIN LOGISTIC PARKS SOCIMI, S.A. (la "Sociedad"), celebrada en primera convocatoria, ha aprobado con las mayorías de votos legalmente necesarias reducir el capital social de la Sociedad, que actualmente asciende a doce millones seiscientos quince mil cuatrocientos setenta y nueve (12.615.479) euros, en la cuantía de cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y cuatro (45.444) euros, mediante la amortización de cuarenta y cinco mil cuatrocientas cuarenta y cuatro (45.444) acciones propias, de un (1) euro de valor nominal cada una de ellas, representativas de aproximadamente un 0,36% del capital social de la Sociedad, quedando fijado en doce millones quinientos setenta mil treinta y cinco (12.570.035) euros, dividido en doce millones quinientas setenta mil treinta y cinco (12.570.035) acciones nominativas de un (1) euro de valor nominal cada una, modificándose en consecuencia el artículo 5 de sus Estatutos Sociales. La finalidad de la reducción de capital es amortizar acciones propias que mantiene la Sociedad en autocartera.

La reducción de capital no entraña devolución de aportaciones a los accionistas, por ser la propia Sociedad la titular de las acciones que se amortizarán. No obstante, no se dotará la reserva indisponible a que se refiere el artículo 335.c) de la LSC.

En consecuencia, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del mencionado acuerdo de reducción de capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que no se les garanticen tales créditos, tendrán derecho a oponerse a dicha reducción en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos establecidos en el artículo 334 de la LSC.

B) Reducción mediante devolución de aportaciones

Asimismo, se hace público que, en la misma fecha, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad ha aprobado con las mayorías de votos legalmente necesarias y cumpliendo con los requisitos previstos en el artículo 293 de la LSC, por remisión de su artículo 329, reducir el capital social de la Sociedad en la cuantía de ciento sesenta y ocho (168) euros, mediante la amortización de ciento sesenta y ocho (168) acciones de un (1) euro de valor nominal cada una, titularidad de los accionistas de la Sociedad distintos de P3 Czech HoldCo, a.s., con la finalidad de devolver el valor de las aportaciones a los citados accionistas. Como consecuencia de dicha reducción de capital, el capital social de la Sociedad ha quedado fijado en doce millones quinientos sesenta y nueve mil ochocientos sesenta y siete (12.569.867) euros, dividido en doce millones quinientas sesenta y nueve mil ochocientas sesenta y siete (12.569.867) acciones nominativas de un (1) euro de valor nominal cada una, todas ellas titularidad de P3 Czech Holdco, a.s., accionista único de la Sociedad como resultado de las Reducciones de Capital, modificándose en consecuencia el artículo 5 de sus Estatutos Sociales.

El precio por acción amortizada acordado por la Junta General ha sido de 13,10 euros, siendo 2.200,80 euros la cantidad agregada a abonar en metálico por la Sociedad a los accionistas cuyas acciones se amortizan.

El pago a cada accionista se realizará mediante los procedimientos indicados por Portfolio Stock Exchange ("PSE") y Euroclear France SA, actuando como entidad agente PSE, en el plazo máximo de 20 días hábiles a contar desde la finalización del plazo de oposición de acreedores.

Los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del mencionado acuerdo de reducción de capital con devolución de aportaciones, no hayan vencido en ese momento y hasta que no se les garanticen tales créditos, tendrán derecho a oponerse a dicha reducción en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos establecidos en el artículo 334 de la LSC.

En Madrid, 7 de junio de 2024.- La vicesecretaria segunda no consejera del Consejo de Administración de P3 Spain Logistic Parks Socimi, S.A., Dña. Raquel Hernández Hernández.

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