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Documento BORME-C-2024-3700

COMERCIAL GODO, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
DEVERDADDELABUENA, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 114, páginas 4617 a 4617 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3700

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Comercial Godo, S.L. (sociedad escindida), celebrada el 10 de junio de 2024, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de Comercial Godo, S.L. mediante la transmisión en bloque de parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria y de nueva creación Deverdaddelabuena, S.L. (sociedad beneficiaria), la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el administrador único de Comercial Godo, S.L., formalizado el 14 de abril de 2024.

La escisión parcial se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime regulado en el artículo 9 del RDME, por lo que se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto de escisión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquel, ni la publicidad preparatoria contemplada en el artículo 7 RDME. Asimismo, resulta de aplicación el régimen simplificado recogido en el artículo 71 RDME, no siendo necesario tampoco el informe de expertos independientes, ni el Balance de escisión. No obstante, se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria Deverdaddelabuena, S.L.

Asimismo, se hace público el derecho de los socios y acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el RDME.

Barcelona, 11 de junio de 2024.- Administrador Único de Comercial Godo, S.L, Javier Bustos Ruiz.

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