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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9,10 y 71 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que con fecha 10 de junio de 2024, el accionista único de Enrique Ortiz e Hijos Contratista de Obras, S.A.U. (la "Sociedad Segregada") y dicha sociedad que a su vez es el socio único de Servicios de Limpieza y Gestion de Residuos de Levante, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), han aprobado la segregación de la unidad de negocio de la Sociedad Segregada consistente en la prestación de servicios de limpieza, servicio de recogida de residuos y limpieza viaria, y servicio de tratamiento, recuperación, reciclado o eliminación de residuos a favor de la Sociedad Beneficiaria, en los términos establecidos en el proyecto de segregación formulado y firmado por los correspondientes órganos de administración de las sociedades implicadas, que no ha sido preciso depositar en el Registro Mercantil.
La operación de segregación implica la segregación de una parte del patrimonio de la Sociedad Segregada y su transmisión en bloque y por sucesión universal a la Sociedad Beneficiaria, conforme a lo establecido en el proyecto de segregación, y la atribución de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria a la Sociedad Segregada.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, a los acreedores y trabajadores de cada una de las sociedades implicadas en las operaciones anteriormente expuestas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación, los cuales se encuentran a disposición en el domicilio social de las mismas.
Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades implicadas cuentan con el régimen de protección establecido en el Texto Refundido de la Ley de Modificaciones Estructurales, aprobado por Real Decreto-Ley 5/2023.
Alicante, 10 de junio de 2024.- Don José Francisco Bevia García, Administrador único de la Sociedad Segregada y Don Javier Llorens Alentado,, Administrador único de la Sociedad Beneficiaria.
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