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Documento BORME-C-2024-3827

NEW XAMENA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COSTANOVA LEVANTE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 4758 a 4758 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3827

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 10, 53 y siguientes del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea. ("LME"), se hace público que el día 10 de junio de 2024, los socios de New Xamena, S.L. (sociedad absorbente) y socio único de Costanova Levante, S.L.U. (sociedad absorbida), aprobaron por unanimidad en Junta General Universal y Extraordinaria, la fusión mediante absorción por la sociedad New Xamena, S.L. (sociedad absorbente) de la entidad Costanova Levante, S.L.U. (sociedad absorbida), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 3 de junio de 2024 (el "Proyecto").

La fusión implica la transmisión a título universal y en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente así como la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53.1 del RDL 5/2023 ("LME"), ya que se trata de una fusión por absorción impropia directa en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en las que se divide el capital social de la sociedad absorbida, habiéndose aprobado y adoptado los respectivos acuerdos de la fusión por unanimidad de los socios en la Junta General Universal y Extraordinaria antes referida, por lo que la fusión se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto.

Conforme a lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 ("LME"), se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los respectivos balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las Sociedades a Fusionar.

Se hace constar igualmente el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar en los términos previstos en los artículos 13 y 14 LME.

Alicante, 17 de junio de 2024.- Doña Carolina de Sebastián García Sicilia, Administradora única de las compañías New Xamena, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Costanova Levante, S.L.U. (Sociedad Absorbida).

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