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Documento BORME-C-2024-3830

TDN SEVILLA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TDN CÁDIZ, S.A.U.
TDN HUELVA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 4761 a 4762 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3830

TEXTO

De conformidad con los artículos 9 y 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de las isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la visa profesional de los progenitores y los cuidadores; y de la ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europa (en adelante, la Ley), se hace público que, el día 4 de junio de 2024 CARTESON, S.L., en su calidad de accionista única de TDN SEVILLA, S.A.U. ha adoptado, la decisión de aprobar la fusión por absorción de TDN CÁDIZ, S.A.U. y TDN HUELVA, S.L.U, (Sociedades Absorbidas), por parte de TDN SEVILLA, S.A.U. (Sociedad Absorbente) accionista única de las dos sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de aquéllas, y adquisición por sucesión universal de sus patrimonios, activos y pasivos por parte de la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el Administrador de todas las sociedades intervinientes con fecha 4 de junio de 2024.

Asimismo, se hace constar que la modalidad de fusión es la de fusión por absorción prevista en el artículo 53 de la Ley, al tratarse de una fusión de sociedades íntegramente participadas ya que la Sociedad Absorbente es titular directa del 100% del capital social de la Sociedades Absorbidas. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2,3,5,6,7 y 8 del artículo 40 de la Ley, (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el informe del órgano de administración, (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (v) la aprobación de la fusión por la Junta de socios de la Sociedades Absorbidas.

Habiendo sido acordado por unanimidad la fusión por el accionista único de TDN SEVILLA, S.A.U (Sociedad Absorbente) y por esta última como accionista única TDN CÁDIZ, S.A.U y TDN HUELVA, S.L.U, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, el Proyecto y los Balances de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13 de la Ley.

Sevilla, 6 de junio de 2024.- Doña Susana Fernández Paradela, persona física representante de Carteson, S.L., Administradora única de TDN Sevilla, S.A.U. (Sociedad Absorbente), y como persona física representante de TDN Sevilla, S.A.U., Administradora única de TDN Cádiz, S.A.U, y TDN Huelva, S.L.U, (Sociedad Absorbida).

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