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Documento BORME-C-2024-3833

AMTRAK, S.L.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
PORTELLA PALMA, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 4765 a 4765 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-3833

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023,de 28 de junio, mediante el que se traspone la directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), se hace público que, con fecha 17 de junio de 2024, la Junta general Ordinaria y Universal de Socios de Amtrak, S.L. (en adelante la Sociedad Segregada) ha acordado segregar de la misma, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal, de una parte de su patrimonio, que conforma una unidad económica consistente en un alojamiento turístico permanente de interior, conocido como Portella Palma, a favor de su filial íntegramente participada, "Portella Palma, S.L.U." (en adelante la Sociedad Beneficiaria), recibiendo la primera la totalidad de las participaciones de las Sociedad Beneficiaria, todo ello según los términos del Proyecto de Segregación elaborado por los órganos de administración de las dos sociedades intervinientes, con fecha 30 de abril de 2024.

Conforme a lo establecido en los artículos 9.1 de la LME no ha sido preciso: (i) el depósito previo del citado Proyecto de Segregación en el Registro Mercantil, ni (ii) el informe de los administradores para los socios explicando y justificando la segregación, previsto en el artículo 5 de la LME, por cuanto los acuerdos de segregación han sido adoptados, en junta universal, por todos los socios de las sociedades implicadas en la modificación estructural, de forma unánime.

Se hace constar que se ha cumplido con el derecho de información de los trabajadores mediante la puesta a disposición de: (i) el Proyecto de Segregación, (ii) el informe de los administradores, de fecha 2 de mayo de 2024, relativo a la sección de los trabajadores, con el contenido del artículo 5.5 de la LME, y con la antelación prevista en el apartado 6 de dicho artículo, (iii) el anuncio por el que se informó a los trabajadores, de su derecho a presentar, a más tardar cinco días antes de la fecha de la Junta General, observaciones relativas al Proyecto, y (iv) toda la información sobre la segregación relacionada en el artículo 46 de la LME para su examen en el domicilio social, advirtiendo además de asistirles el derecho a su entrega o envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos, por medios electrónicos.

Asimismo, se hace constar conforme a lo establecido en el artículo 10.1 de la LME el derecho que asiste a los socios, los trabajadores y a los acreedores de la Sociedad Segregada a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado y del balance de segregación, así como los derechos de protección que corresponden a los acreedores conforme al artículo 13 de la LME.

Barcelona, 18 de junio de 2024.- El Administrador solidario de Amtrak, S.L. y persona física representante de ésta última, en su condición de Administrador único de Portella Palma, SLU, D. Francisco Miró-Sans Balcells.

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