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Documento BORME-C-2024-4067

JOSE ANTONIO SANCHEZ COZAR, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

SQUAREBOX PROFESSIONAL, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 5082 a 5082 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4067

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otros, se transponen las Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RDME), se informa que el 20 de junio de 2024 todos los socios de JOSE ANTONIO SANCHEZ COZAR, S.L. (Sociedad Absorbente) y de SQUAREBOX PROFESSIONAL, S.L. (Sociedad Absorbida) acordaron aprobar por unanimidad y en junta universal la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente con la consiguiente extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, todo ello de acuerdo con el Proyecto Común de Fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades en la misma fecha y los balances de fusión aprobados y cerrados a 31 de diciembre de 2023.

Conforme al artículo 9 RDME, al adoptarse el acuerdo en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto y, en su caso, de quienes de acuerdo con la ley o los estatutos pudieran ejercer legítimamente ese derecho, el acuerdo de modificación estructural podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, aunque deberán incorporarse a la escritura de modificación estructural; sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones; y sin informe de los administradores sobre el proyecto de modificación. No obstante, los derechos de información de los trabajadores sobre la modificación estructural, incluido el informe de los administradores sobre los efectos que pudiera tener sobre el empleo, no serán restringidos por el hecho de que la modificación estructural sea aprobada en junta universal.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión presentados, así como el derecho de protección de los acreedores en los términos del artículo 13 RDME.

Málaga, 27 de junio de 2024.- Administrado Única, Sofia Sanchez Franco.

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