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Documento BORME-C-2024-4646

AG90 LOGISTICA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

GIRIBETS LOGISTICS SOLUTIONS, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 5766 a 5766 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4646

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, LME), se hace público que, el día 1 de julio de 2024, se ha adoptado la decisión del socio único de AG90 LOGÍSTICA, S.L.U. (Sociedad Absorbente), aprobando la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de la sociedad GIRIBETS LOGISTICS SOLUTIONS, S.L.U. (Sociedad Absorbida), produciéndose con ello la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida con el traspaso en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

La fusión por absorción se lleva a cabo conforme al procedimiento de acuerdo unánime establecido en el artículo 8 de la LME adoptándose en base al proyecto común de fusión de 1 de julio de 2.024 redactado por el órgano de administración de ambas sociedades, realizándose sin necesidad de depositar ni publicar previamente los documentos requeridos y sin informe de los administradores según determina el art. 9 de la LME. Se hace constar asimismo el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro del Acuerdo de Fusión, de los balances de fusión y el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión dentro del plazo referido en el artículo 13 de la LME.

Constanti (Tarragona) - Tarrega (Lleida), 15 de julio de 2024.- Los administradores solidarios de las sociedad absorbente y de la sociedad absorbida, Jordi Giribet Boncompte y Carle Giribet Jordana.

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