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Documento BORME-C-2024-4828

HORTES MERCADAL, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

RIBAS-ALVAREZ GESTIO LABORAL, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 5985 a 5985 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-4828

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (de ahora en adelante, "LMESM"), se hace público que las sociedades «HORTES MERCADAL, S.L.» y «RIBAS-ALVAREZ GESTIÓ LABORAL, S.L.», adoptaron, por unanimidad, y respectivamente, en la reunión de su Junta General de Socios, en el caso de la primera, y por acuerdo de su Socia Única, en la reunión celebrada en ejercicio de las facultades y competencias de la Junta General de Socios, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, en el caso de la segunda; ambas reuniones de celebradas el día 1 de agosto de 2024, con el carácter de universales y extraordinarias, los acuerdos de aprobar la fusión por absorción de la sociedad «RIBAS-ALVAREZ GESTIÓ LABORAL, S.L.» (Sociedad Absorbida) por parte de la sociedad «HORTES MERCADAL, S.L.» (Sociedad Absorbente), con la total transmisión del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de la Sociedad Absorbida, subrogándose la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación.

La fusión se lleva a cabo de conformidad con lo previsto en el artículo 9 LMESM, según el proyecto de fusión suscrito en fecha 28 de junio de 2024 y los respectivos Balances cerrados en fecha 31 de diciembre de 2023.

Derecho de información y oposición: A los efectos de lo dispuesto en el artículo 12 LMESM y siguientes, se hace constar que los socios y los acreedores de las sociedades que se fusionan tienen el derecho a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 13 de la citada ley.

Barcelona, 2 de agosto de 2024.- Presidente del Consejo de Administración, Josep Alvarez Rubirola.

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