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Documento BORME-C-2024-5256

DIVERXIA INFRAESTRUCTURAS, S.L.

(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)

AXIAL SISTEMAS SOLARES, S.L.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 6492 a 6492 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-5256

TEXTO

El 12 de septiembre de 2024 las Juntas Generales Extraordinarias Universales de Diverxia Infraestructuras, S.L. y Axial Sistemas Solares, S.L. acordaron por unanimidad la escisión parcial de la primera a favor de esta última, de una parte del patrimonio integrante de una unidad económica (la totalidad de las participaciones de la sociedad beneficiaria que titulariza la sociedad escindida, como escisión parcial inversa), siendo de aplicación entre otros el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre acuerdo unánime de modificación estructural. El Proyecto de Escisión no ha sido publicado o depositado previamente y no se ha requerido informe de experto independiente sobre el Proyecto ni informe de los administradores para los socios.

La sociedad escindida acordó reducir capital y reservas por importe total de 2.727.000 euros, con modificación del artículo quinto de sus Estatutos, atribuyéndose proporcionalmente a sus socios las participaciones de la sociedad beneficiaria, sin aumento de capital en ésta.

Los acuerdos se han ajustado al Proyecto de Escisión de 30 de junio de 2024 aprobado por las referidas Juntas Generales. La fecha de efectos contables es el 1 de enero de 2024, la de participación en ganancias la fecha del otorgamiento de la escritura de escisión, y los balances de escisión aprobados son de 31 de diciembre de 2023.

No hay incidencia sobre aportaciones de industria o prestaciones accesorias ni compensaciones o derechos especiales para socios, ni ventajas para expertos, administradores, directivos o miembros de órganos de supervisión o control. No se ofrecen garantías personales o reales para los acreedores, y no hay consecuencias para las relaciones laborales ni cambios en las condiciones de empleo o ubicación de centros de actividad.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, y que los acreedores disponen de los mecanismos establecidos en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, a ejercitar en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio.

En Paterna (Valencia), 12 de septiembre de 2024.- El Administrador Único de Diverxia Infraestructuras, S.L. y de Axial Sistemas Solares, S.L, Don José Luis Fayos Rifaterra.

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