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Documento BORME-C-2024-6505

INETUM ESPAÑA, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

INETUM CATALUÑA, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 231, páginas 8018 a 8019 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6505

TEXTO

De conformidad con los artículos 10 y 13 del "Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea" (en lo sucesivo, el "Real Decreto") se hace público que el día 24 de octubre de 2024, la Junta General de Accionistas de la sociedad Inetum España, S.A., y el Accionista Único de la sociedad Inetum Cataluña, S.A., en el ejercicio de sus competencias de Junta General de Socios, han acordado la aprobación, por unanimidad, de la Fusión por Absorción de la sociedad Inetum Cataluña, S.A., ("Sociedad Absorbida"), que transmitirá en bloque su patrimonio íntegro a título universal, mediante disolución sin liquidación y, consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones a Inetum España, S.A. ("Sociedad Absorbente"), todo ello en los términos del Proyecto Común de Fusión por Absorción suscrito el 20 de septiembre de 2024 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la Fusión por Absorción y que fue aprobado por el Accionista Único de la Sociedad Absorbida y por la Junta General de Accionistas de la Sociedad Absorbente.

La presente Fusión por Absorción comportará la extinción de la Sociedad Absorbida.

La Fusión por Absorción tiene carácter de especial, por cuanto la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, resultando de aplicación el régimen especial previsto en el artículo 53 del Real Decreto.

Se aprobaron los respectivos Balances de Fusión cerrados a 31 de agosto de 2024 y la fecha a partir de la cual la operación de la Sociedad Absorbida debe entenderse realizada o producida a efectos contables por la Sociedad Absorbente, es el primer día del ejercicio social en el que se aprobó la fusión, esto es, el 1 de enero de 2024, todo ello de conformidad con lo establecido en la Norma de Registro y Valoración 21ª del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

A consecuencia de la Fusión por Absorción, la Sociedad Absorbente mantendrá sus Estatutos Sociales con la redacción vigente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión por Absorción de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de Fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de protección de los acreedores, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de acuerdos de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 10 y 13 del Real Decreto.

Madrid, 26 de noviembre de 2024.- El Administrador Único de Inetum España, S.A, D. Manuel María García del Valle y el Administrador Único de Inetum Cataluña, S.A., Inetum España, S.A., representado por D. Manuel María García del Valle.

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