Se hace público, que los órganos de administración de las sociedades que se indican a continuación, han decidido iniciar un proceso de reestructuración societaria mediante el cual, la mercantil PAIS SERVICIOS IBIZA, S.L.(SOCIEDAD ABSORBENTE) absorberá por Fusión a la mercantil MULTISERVICIOS E INSTALACIONES ISLA, S.L.(SOCIEDAD ABSORBIDA) siendo aquella, socia única de esta. Dicho acuerdo de Fusión de ambas sociedades será efectivo mediante la Fusión por Absorción de MULTISERVICIOS E INSTALACIONES ISLA, S.L. extinguiéndose esta vía disolución sin liquidación, y transmitiendo en bloque todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente que adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
A esta Fusión le es de aplicación el artículo 53 del RDLME relativo a supuestos de Absorción de sociedad íntegramente participada, De conformidad con el artículo 39.2 del RDLME, los administradores de las sociedades participantes en la Fusión proyectada se abstendrán, a partir de la suscripción del Proyecto Común de Fusión, de realizar cualquier clase de acto o de concluir cualquier contrato que pudiera comprometer la aprobación de dicho Proyecto. Asimismo, el Proyecto Común de Fusión será informado a los trabajadores de las Sociedades Participantes en la Fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del RDLME.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios de la sociedad absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión a examinar en el domicilio social el proyecto común y las cuentas anuales y los informes de gestión de los últimos tres ejercicios, así como los informes de los correspondientes auditores de las sociedades en que fueran legalmente exigibles y, en su caso, los informes de los administradores, los informes de los expertos independientes, o los balances de fusión cuando fueran distintos del último balance aprobado, así como a obtener cuando no se haya publicado en la página web, la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos. Asimismo se constata el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social a exigir la celebración de la junta de la sociedad absorbente para la aprobación de la absorción en el plazo de un mes desde la publicación del proyecto en los términos establecidos en el RDLME.
Eivissa, 26 de noviembre de 2024.- Administrador Solidario País Servicios Ibiza, S.L. y Administrador Único Multiservicios e Instalaciones Isla, S.L, D. Ismael Díaz Molina.
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