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Documento BORME-C-2024-828

SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN "LA COLEGIATA"

Publicado en:
«BORME» núm. 53, páginas 1053 a 1053 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-828

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles (Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales) se hace público que el Socio Único de la "SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN LA COLEGIATA" (la Sociedad), ha aprobado, en fecha 13 de febrero de 2024, su transformación en una Sociedad de Responsabilidad Limitada -- GANADERÍA LA COLEGIATA, S.L., inicialmente de carácter unipersonal --, conservando su personalidad jurídica (la Transformación), y todo ello ajustándose estrictamente al proyecto de transformación redactado y suscrito por los miembros de la Junta Rectora de la Sociedad el 13 de febrero de 2024 (el Proyecto de Transformación).

Asimismo, se hace constar que, en el mismo acto, fue aprobado por el Socio Único el balance cerrado a 31 de enero de 2024, formulado por la Junta Rectora de la Sociedad como balance de transformación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20.3.1º y 23.2 del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar que, dado que la Sociedad es unipersonal y la Transformación fue adoptada y aprobada necesariamente en asamblea general universal y por unanimidad, y no habiendo personas que de conformidad con la ley o los estatutos sociales de las Sociedad pudiese ejercitar legítimamente el derecho de voto, no resultó necesaria la previa publicación o depósito del Proyecto de Transformación ni los restantes documentos exigidos por la ley. Igualmente, y por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al Proyecto de Transformación previsto en el artículo 7.1.2º del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales.

Por último, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación y el balance aprobado.

El Astillero, 13 de febrero de 2024.- El Presidente, Fernando Sainz Lavín.

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