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Documento BORME-C-2024-845

URBAMED INFRAESTRUCTURAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ESGESTION COMVAL, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 54, páginas 1072 a 1072 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-845

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto Ley 5/2023,,de 28 de junio (en adelante RDL), se hace público que el día 8 de marzo de 2024 la junta general extraordinaria y universal de Urbamed Infraestructuras S.L. (sociedad absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de su sociedad íntegramente participada Esgestión Comval S.L.U. (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación y extinción de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la absorbida.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 19 de enero de 2024.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Libro Primero del citado RDL y, al tratarse de una fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, no resulta necesario (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 Libro Primero del RDL; (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión; (iii) el informe del órgano de administración para los socios (iv) el aumento de capital de la sociedad absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la sociedad absorbida.

La sociedad absorbente cambia su denominación social tomando la de la sociedad absorbida y pasa a denominarse en lo sucesivo Esgestion Comval S.L., habiendo modificado la redacción del artículo 1 de sus estatutos sociales, en este sentido.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas entidades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto de fusión y de los balances de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 del Libro Primero del RDL.

Aldaia, 12 de marzo de 2024.- Administrador Único de la sociedad absorbente y de la sociedad abosorbida, Jesús Carratalá Ortí.

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