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Documento BORME-C-2024-852

GRUPABRERA S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 54, páginas 1080 a 1080 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-852

TEXTO

Se comunica que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de esta sociedad celebrada en el domicilio social con carácter universal el 28 de diciembre de 2023 aprobó, por unanimidad y entre otros, el acuerdo de reducir el capital social de la compañía para compensar las pérdidas de la sociedad, al objeto de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, según se desprende del Balance cerrado a 31 de octubre de 2023, formulado por el órgano de Administración y que fue debidamente auditado por la entidad Sensus Auditoria, S.L. con fecha 22 de diciembre de 2023.

A tales efectos, una vez aprobado por unanimidad el referido Balance, se acordó, también por unanimidad, reducir el capital para compensar las pérdidas en un importe total de 1.520.994,46€, de manera que el capital social quede fijado en 1.560.993,64€. Para ello se reduce el valor de las acciones que actualmente es de 30,05 € a 15,22 € cada una. Esta reducción afecta por igual a todas las acciones de la Sociedad y es independiente de cualesquiera otros derechos u obligaciones inherentes a cada clase de acciones. En consecuencia, también fue acordado unánimemente modificar el artículo 5º de los Estatutos sociales, que quedará redactado como sigue:

"Artículo quinto.- Capital Social.- el capital social es de un millón quinientos sesenta mil novecientos noventa y tres con sesenta y cuatro céntimos (1.560.993,64 €), representado por 102.562 acciones, de 15,22 euros de valor nominal cada una de ellas. Las acciones serán nominativas e irán numeradas correlativamente del número 1 al 102.562, ambas inclusive. Las acciones estarán representadas por títulos, que podrán ser unitarios o múltiples, contendrán todos los requisitos legales y en especial la limitación a su transmisibilidad que se establece en estos Estatutos y la firma de un Administrador".

Dado que el acuerdo tiene por única finalidad la compensación de pérdidas, según el art, 335.a) LSC, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la referida reducción de capital.

Manresa, 1 de marzo de 2024.- La Administradora única, Doña Elisabeth Novell Mora.

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