Contingut no disponible en valencià
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio, sobre Modificaciones Estructurales (en adelante, "RDLME"), se hace público que el Socio Único de Agrícola Ganadera La Corona, S.L.U. (Sociedad Absorbente), ejerciendo las funciones propias de la Junta General, conforme al artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, el día 24 de junio de 2025, ha acordado aprobar la fusión por absorción de Rubinsa, S.L.U. (Sociedad Absorbida) con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio en favor de la Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los elementos del activo y pasivo, así como los derechos y obligaciones de aquélla.
Se hace constar que los acuerdos de fusión se han ajustado estrictamente a lo previsto en el Proyecto Común de Fusión, redactado y suscrito por los Consejos de Administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida el día 1 de junio de 2025, así como a lo dispuesto por el art 9 del RDLME.
El Socio Único ha aprobado, asimismo, como balances a efectos de la fusión, los cerrados a 30 de abril de 2025, aprobándose también que los efectos de las operaciones realizadas por la Sociedad Absorbida, que se extingue, se entenderán realizadas por la Sociedad Absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2025.
Se trata de una fusión gemelar, sometida al régimen del artículo 56.1 del RDLME, al tratarse de sociedades íntegramente participadas por el mismo Socio Único, llevándose a cabo mediante el procedimiento abreviado, sin necesidad de concurrir los requisitos establecidos en el artículo 53.1 del RDLME y, en consecuencia, se desarrolla sin ampliación de capital ni relación de canje, ni elaboración de informes de Administradores y Expertos Independientes sobre el Proyecto de Fusión; y sin la aprobación de la fusión por la Socia Única de la Sociedad Absorbida. La fusión se realiza conforme al procedimiento unánime regulado en el artículo 9 RDLME que ha sido adoptado conforme al mencionado Proyecto Común de Fusión aprobado por el Socio Único y, por lo tanto, el acuerdo podrá adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto Común de Fusión.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad, donde podrán consultarlos así como a la entrega o al envío gratuitos, por medios electrónicos, de un ejemplar de cada uno de ellos.
Lo aquí expuesto se pone de igual modo en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.
Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-Ley 5/2023.
Por último, se hace constar a los efectos del mencionado artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023 de Modificaciones Estructurales, la carencia de página web tanto de la sociedad absorbente como de la sociedad absorbida.
Zaragoza, 25 de junio de 2025.- Consejera Delegada de ambas sociedades, Doña Milagros Salinas Villalba.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid