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Documento BORME-C-2025-4043

ISDIN, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

ZIZDENTALCARE, S.L.U (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 5068 a 5069 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4043

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023,de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, el "RDLME"), se hace público que, el día 30 de junio de 2025, la Junta General Ordinaria y Universal de Accionistas de ISDIN, S.A. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de su sociedad íntegramente participada ZIZDENTALCARE, S.L.U. (Sociedad Absorbida).

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que comportará la extinción de ésta.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión, redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión con fecha 10 de junio de 2025.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 DEL RDLME, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 7 y 8 del artículo 40 del RDLME; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General Ordinaria y Universal de ISDIN, S.A. (Sociedad Absorbente), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RDLME, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, sin perjuicio del cumplimiento con lo establecido en el artículo 9.2 del RDLME.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RDLME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán ejercer los derechos de protección que les corresponden conforme el artículo 13 RDLME en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Asimismo, se hace constar que los acreedores cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la publicación del anuncio del acuerdo de fusión y no hubieran vencido en el momento de la publicación, podrán ejercitar los derechos de protección de acreedores y adecuación y eficacia de las garantías previstos en los artículos 13 y 14 del RDLME, dentro del plazo de un mes a partir de la publicación del acuerdo.

En Madrid y Barcelona, 30 de junio de 2025.- El Presidente y la secretaria del Consejo de Administración de ISDIN, S.A., Don Marian Puig Guasch y Doña Elena Úbeda Hernández, El Administrador Único de Zizdentalcare, S.L.U., Don Juan Emilio Naya Ariste.

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