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Documento BORME-C-2025-4074

AGUISOL, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

RIUSAN, SOCIEDAD LIMITADA

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 5104 a 5104 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4074

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "RDL 5/2023"), se hace público que con fecha 30 de junio de 2025, los socios de "RIUSAN, S.L." aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de "RIUSAN, S.L." por parte de "AGUISOL, S.L." (la "Fusión").

De conformidad con el contenido del proyecto común de fusión formulado por los administradores de la sociedad absorbente y absorbida el 27 de junio de 2025 se hace constar que se trata de una fusión de sociedad íntegramente participada (art. 53.1 RDL 5/2023), la cual implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de esta última.

Por aplicación de los artículos 6.7, 9, 41, 53.2º RDL 5/2023 no ha sido preciso elaborar Informe de los Administradores sobre el proyecto común de fusión, ni el nombramiento de expertos independientes. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada de una de las sociedades participantes en la Fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de la Fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión según lo previsto en los artículos 10 RDL 5/2023. Se hace constar, igualmente, el derecho de oposición de los acreedores de las sociedades participantes conforme a lo previsto en el artículo 13 RDL 5/2023.

Santander, 1 de julio de 2025.- Secretaria Consejo Administracion de Aguisol SL y Riusan SL, Maria Yolanda Aguilar Solorzano.

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