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Documento BORME-C-2025-4155

NOATUM TERMINAL CASTELLÓN, SOCIEDAD ANONIMA (SOCIEDAD ABSORBENTE)

NOATUM TERMINAL CENTENARIO CASTELLÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA - SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 5193 a 5194 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4155

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que la Junta General Universal de Accionistas de la sociedad: NOATUM TERMINAL CASTELLÓN, S.A. (Sociedad absorbente), sociedad de nacionalidad española, con domicilio en Muelle del Centenario s/n - Grao Castellón, Castellón de la Plana/Castelló de la Plana, 12-Castellón, con N.I.F. A12036091, inscrita en el Registro Mercantil de Castellón, hoja CS-2293, tomo 516, folio 168, ha aprobado, en fecha 27 de junio de 2025, la fusión por absorción de NOATUM TERMINAL CENTENARIO CASTELLÓN, S.A.U. (Sociedad absorbida), sociedad de nacionalidad española, con domicilio en Muelle del Centenario - Terminal B, Castellón de la Plana/Castelló de la Plana, 12100-Castellón, con N.I.F. A12632386, inscrita en el Registro Mercantil de Castellón, hoja CS-21620, tomo 1656, folio 155, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión formulado y suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades con fecha 27 de junio de 2025, ajustándose íntegramente a su contenido, sin modificación alguna.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 en relación con el artículo 9.1 del RDL 5/2023, al ser la sociedad absorbente titular directa del 100% del capital social de la sociedad absorbida y haberse aprobado la fusión en junta universal y por unanimidad, no ha sido necesario: (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones al tipo de canje de las acciones o participaciones, a las modalidades de entrega de las acciones o participaciones de la sociedad resultante a los socios de la sociedad o sociedades absorbidas, a la fecha de participación en las ganancias sociales de la sociedad resultante o a cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho o a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmite a la sociedad resultante o a las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad absorbente, (v) la aprobación de la fusión por el socio único de la Generales Sociedades Absorbida; (vi) publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación, ni cumplir los requisitos de convocatoria de la junta.

Se hace constar que se ha dado cumplimiento a los derechos de información y consulta de los trabajadores, conforme a lo dispuesto en la normativa laboral y en el propio RDL 5/2023 incluyendo las menciones de su art. 5.5.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance presentado, así como a examinar en el domicilio social el texto íntegro de los mismos. Los acreedores de las sociedades que participan en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 13 del RDL 5/2023, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio.

Castellón, 30 de junio de 2025.- Noatum Terminals, S.L.U. (representada por D. Óscar Rodríguez Roijals) como Presidente del Consejo de Administración de Noatum Terminal Castellón, S.A. Noatum Terminal Castellón S.A. (representada por su Don José María Salt Iglesias) en su condición de Administrador Único de Noatum Terminal Centenario Castellón, S.A.U, Óscar Rodríguez Roijals y José María Salt Iglesias.

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