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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de (entre otros) transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que en Junta General Extraordinaria y Universal de Punta Maroma, S.L. (la "Sociedad Absorbente") se aprobó el 04 de julio de 2025 su fusión, mediante la absorción de la sociedad Punta Maroma Real Estate, S.L. (la "Sociedad Absorbida") con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.
En la medida en que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado de forma unánime por el 100% de los socios de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha adoptado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 53 de la LME.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Madrid, 9 de julio de 2025.- El Administrador Solidario de la Sociedad Absorbente, D. Daniel Parejo del Río.
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