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Documento BORME-C-2025-4157

SERTYF GRANADA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

SERTYF BALEARES, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 5196 a 5196 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-4157

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Ley 5/2023 de 28 ("RDLME"), se hace público que el día 8 de julio de 2025 el socio único de "Sertyf Granada, S.L.U." (la "Sociedad Absorbente") y de "Sertyf Baleares, S.L.U." (la "Sociedad Absorbida" y, junto con la anterior, las "Sociedades Participantes") ha decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente (la "Fusión").

La Fusión conllevará la adquisición por parte de la Sociedad Absorbente, por sucesión universal, de la totalidad del patrimonio de la Sociedad Absorbida, la cual se extinguirá sin liquidación.

Asimismo, se deja constancia de que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56.1 RDLME, la Fusión es una fusión "asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas" al estar las Sociedades Participantes íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, esto es, la mercantil Esvalser Inversiones, S.L. Por lo tanto, es de aplicación, en la medida que proceda, el régimen simplificado recogido en el artículo 53 RDLME.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del RDLME se publica el presente anuncio de Fusión, haciendo constar expresamente el derecho que asiste a los socios, trabajador y acreedores de las Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de Fusión de las Sociedades Participantes, cerrados a 31 de diciembre de 2024.

Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de la última publicación del acuerdo de Fusión, no esté vencido y no lo consideren suficientemente garantizado tendrán los derechos previstos en el artículo 13 del RDLME.

Igualmente, los administradores de las Sociedades participantes, a los efectos del artículo 15 RDLME y de su publicación con el presente anuncio, reiteran la presente declaración sobre la situación financiera actual de las Sociedades Participantes, y a estos efectos, declaran que, sobre la base de la actual situación contable y financiera de las Sociedades Participantes, y después de haber efectuado las averiguaciones razonables, no se conoce ningún motivo por el que la Sociedad Absorbente, después de que la fusión surta efecto, no pueda responder de sus obligaciones al vencimiento de estas.

Madrid, 8 de julio de 2025.- Los administradores mancomunados de la Sociedad Absorbente, D. Pablo Serrano Muñoz y D. Antonio María Valdés Morales y el administrador único de la Sociedad Absorbida, D. Pablo Serrano Muñoz.

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