Contido non dispoñible en galego
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público lo siguiente:
- En fecha 25 de junio de 2025, los órganos de administración de las sociedades arriba indicadas aprobaron y suscribieron de forma conjunta un proyecto y un informe (este último destinado a los representantes de los trabajadores y, cuando tales representantes no existen, a los propios trabajadores) en relación con (i) la fusión entre Rooms and Host Services, S.L.U. ("Rooms"), como sociedad absorbente, y Bar Collado, S.L.U. ("Bar Collado"), Emprendimientos Hosteleros Valencia, S.L.U. ("Emprendimientos"), Farmanimalia 2000, S.L.U. ("Farmanimalia") y Tibesoca, S.L.U. ("Tibesoca"), como sociedades absorbidas (las "Primeras Sociedades Absorbidas"), y (ii) en unidad de acto pero inmediatamente después, la fusión entre Room Mate Hospitality & Leisure, S.L.U. (indistintamente, "RMHL" o la "Sociedad Absorbente"), como sociedad absorbente, y Rooms, Room Mate Centralized Sales, S.L.U. ("RM Centralized") y Room Mate Xperience, S.L.U. ("RM Xperience"), como sociedades absorbidas (las "Segundas Sociedades Absorbidas" y, junto con las Primeras Sociedades Absorbidas y la Sociedad Absorbente, todas ellas, las "Sociedades Participantes") (conjuntamente, la "Fusión").
- La Fusión se ejecuta como una fusión simplificada por resultar de aplicación el supuesto especial previsto en el artículo 53 de la LME, dado que Bar Collado, Emprendimientos, Farmanimalia y Tibesoca son sociedades íntegramente participadas de forma directa por Rooms; y Rooms, RM Centralized y RM Xperience son, a su vez, sociedades íntegramente participadas de forma directa por RMHL.
- En fecha 4 de agosto de 2025 las Sociedades Participantes han aprobado la Fusión en los términos contenidos en el referido proyecto común de fusión.
- En virtud de la Fusión, las Primeras Sociedades Absorbidas y las Segundas Sociedades Absorbidas se extinguirán mediante su disolución sin liquidación, y la Sociedad Absorbente terminará adquiriendo por sucesión universal y en bloque todo el patrimonio de aquellas.
- Las Sociedades Participantes han elaborado balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2024, que han sido debidamente aprobados por el socio único de dichas sociedades. En el caso de la Sociedad Absorbente y Emprendimientos, dichos balances de fusión han sido debidamente verificados por los auditores de cuentas por estar dichas sociedades obligadas a ello, pero no en el caso de las restantes Sociedades Participantes, por no estar estas sociedades actualmente obligadas a auditar sus cuentas anuales.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión, junto con el informe de auditoría en el caso de la Sociedad Absorbente y Emprendimientos.
En Madrid, 4 de agosto de 2025.- D. Enrique José Sarasola Marulanda, (presidente del consejo de administración de la Sociedad Absorbente) y D. Jacopo Xavier Enrico Burgio (presidente del consejo de administración de las restantes Sociedades Participantes).
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