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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio por el que se aprueba el régimen jurídico aplicable a las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 18 de septiembre de 2025, la junta general universal de la sociedad DOLE IBERIA, S.L. ("Sociedad Absorbente"), aprobó por unanimidad la fusión por absorción de la sociedad DOLE EXOTICS IBERIA, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión que no ha sido preciso depositar en el Registro Mercantil, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 10 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades implicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión.
Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades implicadas cuentan con el régimen de protección establecido en el artículo 13 LME.
En Madrid, 18 de septiembre de 2025.- Consejera de Dole Iberia, S.L. y de Dole Exotics Iberia, S.L.U, Dña. Natalia Martínez García.
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