Está Vd. en

Documento BORME-C-2025-5633

CABISUAR ALICANTE S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 6913 a 6913 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2025-5633

TEXTO

De conformidad con lo establecido en al artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en fecha 9 de julio de 2.025 la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Cabisuar Alicante S.A., con expreso carácter de Universal por concurrir a la reunión presentes o representados todos los accionistas poseedores de la totalidad del capital social con derecho a voto y aceptar todos ellos la celebración de la Junta Extraordinaria y Universal, al amparo de lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley de Sociedades de Capital, acordó, entre otros, reducir el capital social de la Sociedad, actualmente fijado en setenta y nueve mil ochenta y un euros con diecisiete céntimos (79.081,17 €), en la cuantía de dieciocho mil novecientos setenta y nueve euros con noventa y seis céntimos (18.979,96 €), esto es, hasta la cifra de sesenta mil ciento un euro con veintiún céntimos (60.101,21€).

La reducción de capital se efectúa mediante amortización de 3.158 acciones de la sociedad titularidad de dos de los accionistas de la sociedad, siendo la finalidad de la reducción de capital la restitución del valor de las aportaciones a los accionistas.

De acuerdo con los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital, tendrán derecho de oposición al citado acuerdo, que deberá ejercitarse en plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.

Alicante, 14 de octubre de 2025.- El Presidente del Consejo de Administración, Don Víctor Suárez Blázquez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid