De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RD-ley 5/2023), se hace público que el 1 de septiembre de 2025, en Junta General Universal y Extraordinaria, Inversiones San Telmo XXI, S.L. y Viveros San Telmo, S.L., en ejercicio de sus competencias, han acordado por unanimidad de todos los socios la fusión por absorción de Viveros San Telmo, S.L. (sociedad absorbida) por parte Inversiones San Telmo XXI, S.L. (sociedad absorbente), sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 9 de agosto de 2025, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.
La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del citado RD-Ley 5/2023 (acuerdo unánime de fusión), que permite la adopción del acuerdo de fusión sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.
La presente fusión se acogerá al Régimen Tributario establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RD-ley 5/2023 y al carecer las sociedades intervinientes en la fusión de página WEB, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 13 del RD-ley 5/2023.
Frómista, 15 de octubre de 2025.- El Administrador Solidario de ambas sociedades, José-Carlos González Ruiz.
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