De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que, con fecha 24 de octubre de 2025, en las Decisiones de Socio Único de las sociedades "Danysar, S.L.U." (Sociedad Absorbente) y "Sardan, S.L.U." y "Lantaca, S.L.U." (Sociedades Absorbidas), aprobaron proceder a la fusión por absorción de Sardan, S.L.U. y Lantaca, S.L.U., por parte de Danysar, S.L.U. y, en consecuencia, la disolución sin liquidación de Sardan, S.L.U. y Lantaca, S.L.U., y la transmisión en bloque de todo su patrimonio, derechos y obligaciones a Danysar, S.L.U. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión por Absorción, aprobado y firmado por todos los administradores de las dos sociedades implicadas en la operación de fusión.
De conformidad con el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesario publicar ni depositar los documentos relacionados en el artículo 7 del citado Real Decreto, ni anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones, ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión por absorción de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los balances de fusión.
Asimismo, se hace constar expresamente a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de fusión por absorción, que pueden ejercer los derechos previstos en el artículo 13 del RDL 5/2023, de 28 de junio.
Barcelona, 24 de octubre de 2025.- Ramon Catalan Casanovas, en su condición de Administrador Único de Danysar, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y, asimismo en su condición de Administrador Único de Sardan, S.L.U. y Lantaca, S.L.U. (Sociedades Absorbidas).
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