Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, "RDL 5/2023"), que el socio único de Autoclub Mutua Madrileña, S.L.U. (la "Sociedad Escindida") adoptó el día 30 de octubre de 2025 el acuerdo de escisión parcial. Mediante este acuerdo, la Sociedad Escindida transmite en bloque, por sucesión universal, parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria de nueva creación Mutuamad Asistencia, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria").
La escisión parcial se ha realizado conforme al proyecto común de escisión suscrito el 30 de junio de 2025 por los administradores mancomunados de la Sociedad Escindida (el "Proyecto Común de Escisión"), de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del RDL 5/2023.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 71.1 del RDL 5/2023, al tratarse de una escisión parcial adoptada por decisión del socio único, no ha sido necesaria la publicación o depósito previo del Proyecto Común de Escisión, ni el informe de los administradores sobre el mismo, ni el balance de escisión. Asimismo, y conforme a los artículos 67, 68 y 71.1 del RDL 5/2023, tampoco ha sido necesario el informe de expertos independientes. El acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos del activo y del pasivo que integran el patrimonio escindido que se transmite a la Sociedad Beneficiaria, el cual constituye una unidad económica autónoma. La escisión parcial se realiza con cargo a las reservas voluntarias existentes en la Sociedad Escindida, sin que se produzca reducción de su capital social.
Se hace constar expresamente que se ha cumplido con la obligación de informar a los representantes de los trabajadores sobre la escisión con carácter previo a la adopción del acuerdo por el socio único.
Asimismo, y según el ya mencionado artículo 10 del RDL 5/2023, los socios y acreedores tendrán acceso al texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado.
Lo que se comunica para los efectos oportunos.
En Madrid a, 30 de octubre de 2025.- En su calidad de administradores mancomunados de Autoclub Mutua Madrileña, S.L.U, D. Víctor Zambrana Pérez y D. Jesús del Rio Aynat.
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