De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023,de 28 de junio; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles(en adelante, RDLME), se hace público que, el día 31 de octubre de 2025, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Vicksale, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Rony, S.L. (Sociedad Absorbida), han aprobado la fusión por absorción de Rony, S.L. por parte de Vicksale, S.L, conforme al Proyecto Común de Fusión redactado, aprobado y suscrito el 31 de octubre de 2025.
La Fusión supone la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, con la extinción, mediante su disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión y los balances de fusión cerrados a 31 de octubre de 2025.
Se trata de una fusión especial, sometida al régimen de los artículos 9 y 56.1 del RDLME, supuesto asimilado a la absorción de una sociedad íntegramente participada del artículo 53.1 RDLME, dado que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida, son sociedades íntegramente participadas, de forma directa por los mismos socios en idéntica proporción (fusión gemelar o entre hermanas). En consecuencia, la Fusión se acoge al régimen simplificado, resultando de aplicación lo previsto en el artículo 53.1 RDLME. Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de ambas sociedades, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 RDLME, no ha sido necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por el propio RDLME.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitarlas acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 del RDLME.
Las Palmas de Gran Canaria, 4 de noviembre de 2025.- Administrador Único de VICKSALE, S.L., Don Puneet Moti Matani Matani, y Administradora Única de RONY, S.L, Doña Priti Motiram Matani Matani.
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