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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que entre otros se transpone la Directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, la "RDL 5/2023"), se hace público que, el día 18 de noviembre de 2025, el Socio Único de la sociedad NTT Data Spain, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente"), ha aprobado la fusión por absorción por parte de esta de su sociedad íntegramente participada Everis Aeroespacial y Defensa, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbida").
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión, redactado por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 22 de septiembre de 2025.
La Fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53.1 del RDL 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción simplificada en que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión: (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, y 7 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de experto independiente sobre el Proyecto Común de Fusión; (iii) el informe de administradores, por ser el socio único de la Sociedad Absorbida, la Sociedad Absorbente, por no contar con trabajadores la Sociedad Absorbida y no producirse efecto alguno sobre el empleo y sobre los trabajadores de la Sociedad Absorbente con motivo de la Fusión; (iv) el aumento del capital social de la Sociedad Absorbente; o (iv) la aprobación de la Fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.
Asimismo, se manifiesta de forma expresa que, con anterioridad a la aprobación de la fusión, se ha puesto a disposición de las sociedades intervinientes en la fusión, socios, obligacionistas y demás partes que resulten de adecuación conforme al RDL 5/2023, la información y documentación indicadas en la referida normativa. Sin perjuicio de que el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, por estar la Sociedad Absorbida íntegramente participada por la Sociedad Absorbente de acuerdo con el artículo 9.1 del RDL 5/2023, los administradores procedieron a presentar los documentos previstos en el artículo 7.1 del RDL 5/2023 los cuales fueron depositados por el Registro Mercantil en fecha de 3 de octubre de 2025.
Se hace constar expresamente del derecho que corresponde a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a examinar en el domicilio social, así como a la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión.
Asimismo, se pone de manifiesto expresamente el derecho de oposición de los acreedores de las sociedades intervinientes, cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la publicación del Proyecto y no hayan vencido en el momento de dicha publicación, que podrán ejercitar dentro del mes siguiente a la referida publicación en los términos descritos en el artículo 13 del RDL 5/2023.
En Madrid, 18 de noviembre de 2025.- Dña. Miyuki Ide, en calidad de Presidente y miembro del Consejo de Administración, D. Carlos Miguel Antunes Teixeira y D. Víctor López-Barrantes González, en calidad de miembros del Consejo de Administración y D. Antonio Gómez Jarillo, en calidad de Secretario del Consejo de Administración, todos ellos de la sociedad NTT Data Spain, S.L.U.- D. Carlos García Pascual, en calidad de representante persona física de la sociedad NTT Data Spain, S.L.U., y D. Carlos San Lorenzo, en calidad de representante persona física de la sociedad NTT Data Spain BPO, S.L.U., administradores mancomunados de la sociedad Everis Aeroespacial y Defensa, S.L.U.
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