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Documento BORME-C-2025-6354

ROMA TECH GROUP S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)

ROMA INVEST VEHICLE S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 7768 a 7768 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-6354

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, el "RDL 5/2023"), se hace público que el 30 de junio de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la compañía Roma Tech Group S.L. (la "Sociedad Escindida"), ha aprobado, por unanimidad, la escisión parcial financiera de la Sociedad Roma Tech Group S.L., sin extinción de la misma, mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal de una parte de su patrimonio, consistente en la unidad económica formada por el 25% de las participaciones sociales de la sociedad Automated Investment Solutions S.L., y el 28,37% de las participaciones sociales de la sociedad Blue-Boost S.L., a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, Roma Invest Vehicle S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), que se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión universal todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio escindido, todo ello en los términos establecidos en el Proyecto de Escisión parcial, suscrito y firmado por el Consejo de Administración en fecha 30 de junio de 2025.

En la medida en que los socios de la Sociedad Escindida pasarán a ser titulares, de forma directa y en la misma proporción que ya tenían, de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Beneficiaria, resulta de aplicación lo dispuesto en los artículos 9 y 71 de la RDL 5/2023, con la consiguiente simplificación procedimental y documental de la escisión.

En todo caso, como consecuencia de la descrita escisión parcial financiera, la Sociedad Escindida reducirá su capital social en la cuantía necesaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y del balance de escisión que contiene la atribución de elementos del activo y del pasivo entre la Sociedad Beneficiaria y la Sociedad Escindida.

Valencia, 19 de noviembre de 2025.- El secretario del Consejo de Administración, Pedro Antonio Gil Palencia.

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